miércoles, 19 marzo,2025
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Impuestos recaudó Bs 35,2 millones con la reactivación de más de 12.500 Facilidades de Pago

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) recaudó este año Bs35,2 millones con lareactivación de más de 12.500 Facilidades de Pago (FAP) por deudas tributarias y multas incumplidas hasta el 31 de diciembre de 2024, aun cuando se encuentren en ejecución tributaria, dispuesta por el Gobierno nacional para beneficiar a los contribuyentes con la reanudación del pago de sus cuotas hasta este lunes 31 de marzo de 2025. 

Es decir que los contribuyentes todavía tienen plazo hasta el último día de este mes para acogerse a la reactivación de FAP, establecida en el Artículo 11 de la Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) 2025, mediante el pago del importe actualizado de la cuota referencial establecida para la respectiva FAP por cualquiera de los medios habilitados para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La Administración Tributaria reglamentó el Artículo 11 del PGE 2025, a través de la Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102500000001, de 3 de enero de 2025, que se puede leer en su integridad en la página web www.impuestos.gob.bo

Una vez reactivada la FAP incumplida, el contribuyente mantendrá las condiciones y beneficios contemplados en larespectiva Resolución Administrativa de la Facilidad de Pago, siempre y cuando los pagos se reanuden hasta el lunes 31 de marzo de 2025. 

Los pagos parciales que el contribuyente hubiese realizado con posterioridad al incumplimiento de la Facilidad de Pago hasta el 31 de diciembre de 2024 serán imputados como pago a cuenta de la deuda y/o contenidas en la Resolución de FAP incumplidas. 

Con la reanudación de las FAP, quedan sin efecto la ejecución tributaria y/o sumario contravencional iniciados, así como las medidas de ejecución en curso adoptadas por la Administración Tributaria, a consecuencia de las Facilidades de Pago incumplidas. 

Es fácil reactivar las FAP incumplidas 

Para la reanudación de Facilidades de Pago incumplidas, el contribuyente debe realizar hasta el 31 de marzo de 2025 el pago del importe actualizado de la cuota referencial establecida para la respectiva FAP, por cualquiera de los medios de pago habilitados para el cumplimiento de obligaciones tributarias, para este efecto la Boleta de Pago deberá direccionarse al Número de Orden de la Facilidad de Pago seleccionada para su reanudación. 

El contribuyente puede efectuar dicho pago en las Entidades Financieras habilitadas, a nivel nacional, para el cobro de impuestos nacionales, o mediante banca por Internet (Banco Unión, BNB, Banco Ganadero, Diaconía, BISA, BancoSol, BancoFie) y a través de Código QR. 

El contribuyente puede obtener el importe actualizado de la cuota referencial ingresando a la opción “Facilidades de Pago” del portal Sistema Integrado de la Administración Tributaria (SIAT en Línea), disponible en la página web www.impuestos.gob.bo

La Administración Tributaria emitirá la Resolución Administrativa Complementaria en un plazo no mayor de 10 días, computables a partir del día siguiente hábil a la fecha del pago del importe actualizado de la cuota referencial, mencionada líneas arriba. 

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