La Presidencia de la Cámara de Senadores determinó este miércoles remitir a la Comisión de Constitución el proyecto de ley sobre funcionamiento y financiamiento del Sistema de Transmisión y Publicación de los Resultados Electorales Preliminares que sería aplicado en las elecciones generales del 17 de agosto.
El proyecto de Ley 414/2024-2025 fue aprobado por la Cámara de Diputados el 20 de marzo y es parte de las normas acordadas para su sanción y promulgación en el Tercer Encuentro Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia, realizado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) el 17 de febrero.
La iniciativa fue remitida al Legislativo por el ente electoral, sin embargo, fue ajustada en la Comisión de Constitución.
En una misma ley de modificación de la Ley 026 del Régimen Electoral fueron incorporados los proyectos de Transmisión y Publicación de Resultados Preliminares, el referido a la transferencia de recursos que se asigna a las organizaciones políticas a garantizar el sistema de resultados preliminares y la autorización de contrataciones directas del TSE para las elecciones generales de agosto.
Compuesto por dos artículos y tres disposiciones transitorias, el nuevo proyecto de ley 414/2024-2025 refiere que, “en todo proceso electoral, referendo de revocatoria de mandato, se implementará un sistema de transmisión y publicación de resultados electorales preliminares, con acompañamiento de las organizaciones políticas en todas sus fases, que permita proveer en el menor tiempo posible a la ciudadanía candidaturas, organizaciones políticas y otras la información de resultados electorales provisorios y no vinculantes previo al cómputo oficial y definitivo”.
Se enfatiza que “la transmisión de estos resultados y su publicación tendrán un carácter preliminar, con la única función de informar sobre los resultados parciales de la votación bajo los principios de seguridad, publicidad, transparencia, confiabilidad, credibilidad y certidumbre”.
Una vez concluido el escrutinio electoral, a través de formatos y la aplicación de procedimientos técnicos transparentes y seguros de capturas y digitalización establecidas previamente por el Tribunal Supremo Electoral, se realizará la transmisión de resultados preliminares de las distintas mesas escrutadas a un centro de datos del Órgano Electoral Plurinacional.
En la jornada electoral, a partir de las tres horas del cierre de la votación, el Tribunal Supremo Electoral realizará las publicaciones de los resultados preliminares de los escrutinios debiendo realizarlo de manera periódica y continua.
Una vez puesta en vigencia la ley, el TSE tendrá un plazo de 60 días calendario para reglamentar la aplicación del sistema.
Según los compromisos asumidos en el encuentro de febrero, la norma debe entrar en vigor antes de la emisión de la convocatoria a las elecciones, que está prevista para la primera semana de abril.